martes, 4 de mayo de 2010


Tarifas
El pago del servicio de transporte de mercancías por vía marítima se realiza mediante el abono al porteador de una cantidad llamada flete. El flete que nos vayan a cobrar depende de la cantidad y forma en que las mercancías son transportadas , del origen y del destino. Además en el transporte marítimo deben considerarse los gastos de las operaciones portuarias entre los que se encuentran la carga y descarga del buque y la estiba y desestiba (los movimientos de la mercancía dentro del buque), que pueden estar incluidos o no en el precio del flete.
Transporte de mercancías en contenedor
Un contenedor es un recipiente o caja especialmente construido para permitir el transporte de mercancías como una unidad.
Las ventajas del uso de contedores son:
• La mercancía sufre menos manipulaciones, reduciendo los costes y tiempos de carga y descarga.
• La mercancía viaja más protegida. Disminuiremos así el riesgo de daños, robo y el coste de los embalajes necesarios para el transporte.
• Permite la utilización de buques muy efectivos y rápidos con gran capacidad de carga.
En el envío de las mercancías containerizadas también existe la comercialización como cargas completas y en grupaje:
• El grupaje marítimo, también llamada LCL (less than container load) se utiliza para envíos pequeños en los que queremos pagar solo por lo espacio utilizado. Pagaremos los fletes por volumen o tonelada ( facturaremos el que resulte mayor). Normalmente tendremos que pagar cómo importe mínimo una tonelada. Los servicios LCL sólo son comercializados por transitarios.
• El envío en contedor completo, también llamado FCL (full container load). En esta modalidad pagaremos por unidad de colector enviado. Se pueden contratar a través de los transitarios que seleccionan entre todas las navieras del mercado o directamente a los agentes de las navieras que trabajan captando carga sólo para su empresa.
El envío de mercancías containerizadas exige que conozcamos los tipos de contedores existentes y sus dimensiones con el fin de solicitar y seleccionar el tipo apropiado y optimizar los envíos, ya que cómo pagamos por contedor el tamaño del pedido deberá adaptarse a las dimensiones y espacio disponible. En la web kline puedes ver los contedores existentes y sus dimensiones.
Documentación
El Bill of Lading o conocimiento de embarque, es el principal documento de transporte empleado en el campo marítimo. Es un documento singular por su triple función.
Lo emplearemos cómo:
• Recibo de las mercancías embarcadas.
• Prueba del contrato de transporte, cuyas condición suelen figurar al dorso.
• Documento acreditativo de la propiedad de la mercancía transportada. Esto significa que nos permite la venta de la mercancía durante el tiempo que esta se encuentra viajando.
Como exportadores, el conocimiento de embarque será nuestra prueba ante los clientes de que embarcamos las mercancías solicitadas. Nos lo exigirán los bancos para el cobro de los créditos documentarios.
Como norma general el transportista sólo entregará la mercancía al importador contra presentación del conocimiento de embarque original, aunque existen variantes de este documento que permiten la entrega automática sin originales siempre y cuando cómo exportadores lo autoricemos.
Documentación
El contrato de transporte en el transporte aéreo es el conocimiento aéreo (Air Way Bill o AWB). El Awb no es un título valor de la mercancía y, por tanto, no puede ser endosado. Lo utilizaremos cómo:
• Prueba del contrato de transporte
• Recibo de entrega de las mercancías
• Certificado de seguro cuando este fue contratado por la propia compañía aérea
Tarifas aéreas
Al igual que en el transporte marítimo, las tarifas aéreas se calculan en función del peso y volumen de la mercancía, aplicando el baremo que resulte más ventajoso para el transportista en función de un factor de conversión peso/volumen que dará como resultado el peso tasable (chargueable weight) . Sobre este peso tasable nos aplicarán la tarifa también conocida como flete aéreo por kg. de carga enviada .El importe por kg. en la tarifa disminuye la medida que se aumenta el peso del envío. Además se establecen tarifas diferentes en función del tipo de mercancías. Hay descuentos, como como por ejemplo para los envíos de los periódicos, o recargos, como en el transporte de animales.
En el transporte aéreo también tenemos que tener en cuenta otros gastos: la tramitación de la documentación, la manipulación aeroportuaria y recargos que pueden aplicarse al flete aéreo (recargo de combustible o la tasa de seguridad).
Si tenemos que transportar mucha mercancía de manera urgente, tenemos también la posibilidad de contratar la capacidad total de un avión. En cuyo caso nos aplicarán unas tarifas al margen de las de la IATA, las charter rates, y que sólo dependen de oferta y demanda.
Grupo E: (EX WORKS): El vendedor pone las mercancías a disposición del comprador en su propio establecimiento.
Grupo F: (FCA, FAS y FOB): El vendedor entrega las mercancías a un transportador designado por el comprador, sin asumir los costos de fletes y/o seguros .
Grupo C: (CFR, CIF, CPT y CIP): El vendedor contrata y paga el transporte hasta un destino designado, sin asumir los riesgos inherentes al transporte.
Grupo D: (DAF, DES, DEQ, DDU y DDP): El vendedor soporta todos los gastos y riesgos necesarios para llevar las mercancías al lugar de destino designado.